Si resides en Argentina y ya estás cerca de tu edad de jubilación, entonces este articulo te va a interesar. Veremos con detalle como puedes lograr entrar a PAMI; el Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionado. No solo eso, sino que lo conoceremos más a fondo, sus servicios y responderemos dudas como si puedes tener PAMI y otra obra social, ¡que es una de las preguntas más frecuentes! ¿Es posible? Prosigue leyendo para despejar la duda.
Primero que nada, PAMI es fundada en 1971, por lo que no es algo nuevo, sino que ahora en este ultimo año ha cobrado mayor relevancia puesto que ha habido cambios en su estructura o funcionamiento. Eso sí, no deja de ser la obra social con mayor envergadura dentro de Latinoamérica.
Se puede optar por PAMI y otra obra social, pero es un proceso complejo
La mayoría de las personas se preguntan si pueden estar en dos obras sociales a la vez. Es decir, afiliarse a PAMI y cobrar en seguros sociales pertenecientes a otras organizaciones. En resumidas palabras, si se puede, pero solo en casos específicos, y la lista aceptada por el gobierno es limitada, tal como se menciona en su web.
Para optar por dos obras sociales a la vez, la “extra” debe ser prepagada, y pertenecer a alguna de estas organizaciones:
- Medifé
- SMG
- OSDE
- AcaSalud
- Omint, etc.
El requisito es que la segunda obra social sea provincial y no nacional. Como se puede observar, si es posible pero el alcance es muy limitado. Es muy probable que cuando una persona alcance su edad de jubilación (65 años en hombres y 60 años para las mujeres) no tenga la información suficiente o desconozca la posibilidad que tiene de usar PAMI en conjunto con otro servicio de ayuda social.
Por otro lado, aunque si es viable tener PAMI y otra obra social, lo mejor y más recomendable por abogados expertos en el tema es no entrar a PAMI. Aunque parezca difícil de creer, existen motivos para no hacerlo.
¿Por qué? Una de las razones principales es el seguimiento adecuado a tratamientos en jubilados o jubiladas que padezcan enfermedades. O bien, que la persona tenga alguna condición especial.
Si previamente se mantenía un tratamiento, con un doctor en especifico y este llevaba el seguimiento, es muy probable que, si se pasa a PAMI, se le dificulte la continuidad del mismo. Ya que el Gobierno nacional le asignaría otro profesional de la salud, y usted tendría que realizarse nuevamente chequeos, o se le re-planificará su tratamiento, etc. Una persona con padecimientos no puede ser parte de estos contratiempos.
¿Qué hacer si quiero continuar con mi actual obra social y no entrar a PAMI?
Si, usted puede proseguir con el uso de su actual obra social (la que tiene antes de alcanzar la edad de jubilación). Aunque es muy probable que la Superintendencia de Servicios de Salud menciona que no es posible, si que es una realidad palpable. Lo primero es asesorarse con un abogado y hacer caso omiso de la información del controlado.
En especifico la Ley de Creación del PAMI o 19.032 indica que para que una persona sea parte del PAMI como obra social, debe inscribirse de forma voluntaria. En otras palabras, ¡no es obligatorio salir de su actual obra social! Para ello las recomendaciones son:
- Consultar con su actual obra social (aunque sea privada).
- Determinar si usted está en una obra social o en servicios de medicamentos prepagados, ya que ambos términos tienen ciertas diferencias.
- Hacer la solicitud con su actual obra social indicando que aún quiere proseguir con los servicios.
Si su solicitud de continuidad de servicios es denegada, es muy probable que deba optar por conseguir los servicios de un abogado especializado. Vale la pena, puesto que así tendrá acceso a todos los beneficios que tenia antes de su jubilación.
Entonces, ¿se puede tener PAMI y otra obra social? La respuesta corta es sí. ¿Es recomendable? No, ya que limita mucho el tipo de tratamiento cubierto. Lo mejor es tratar en lo posible de continuar con su obra actual, ya que PAMI no es obligatoria según la ley 19.032.
Lea también: Fecha de cobro salario familiar: Conoce el calendario completo
Fuentes: https://www.osplad.org.ar/faqs/consulta-obra-social.html#9