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Superintendencia de Salud cuenta con asistencia virtual: ¿Cómo funciona?

by El Diario de Parana
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En el portal oficial de la Superintendencia de Salud, informaron sobre la implementación de un nuevo canal de comunicación diseñado para que el beneficiario consultante encuentre la orientación necesaria a su inquietud durante las 24 hs.

Al ingresar al sitio www.argentina.gob.ar/sssalud el asistente virtual solicita cierta información (si es beneficiario de Obra Social o usuario de Empresa de Medicina Prepaga) para orientar al beneficiario sobre los trámites, reclamos o consultas que desee realizar.

Este sistema está programado para conversar con los usuarios de manera automática y personalizada de acuerdo a las necesidades de información, y se va articulando a través de preguntas frecuentes.

El nuevo asistente virtual permite que las personas encuentren de manera fácil y rápida, la información que necesitan y el acceso formal para realizar online su trámite o reclamo. No solicita información de identidad ni gestiona reclamos, es pura y exclusivamente de orientación.

La Superintendencia de Salud suma de esta manera, un medio más de contacto y acceso a la información para los ciudadanos, según reflejan en la información difundida por la identidad, para implementar “canales dinámicos y efectivos que le permitan a la ciudadanía gestionar sus necesidades de cobertura de manera rápida y ágil”.

¿Qué es la Superintendencia de Salud?

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Según el Gobierno, la Superintendencia de Servicios de Salud (SSSalud) es el órgano responsable de la regulación y control de los actores del Sistema Nacional del Seguro de Salud (SNSS), y cuyo objetivo es “asegurar el cumplimiento de las políticas del área para la promoción, preservación y recuperación de la salud de la población y la efectiva realización del derecho a gozar las prestaciones de salud establecidas en la legislación vigente”.

En su página web oficial, plantean como objetivos, los siguientes términos:

  1. Regular y supervisar los servicios de salud, con el objeto de asegurar el cumplimiento de las políticas del área; para la promoción, preservación y recuperación de la salud de la población, afianzando el equilibro entre usuarios, prestadores y financiadores, en condiciones de libre competencia, transparencia, eficiencia económica y equidad social.
  2. Dictar las normas para regular y reglamentar las modalidades del desenvolvimiento de las actividades de regulación y control de organismos.
  3. Controlar el funcionamiento del sistema de obras sociales de los Agentes del Seguro de Salud, de los prestadores intervinientes y de toda otra entidad prestadora o financiadora de prestaciones médico-asistenciales que se le incluyan.
  4. Aprobar las solicitudes de propuestas de ingreso al sistema de las entidades y promover la intervención de las mismas para asegurar la continuidad y normalización de las prestaciones de salud.
  5. Aprobar el Programa de Prestaciones Médicas y el Presupuesto de Gastos y Recursos para su ejecución.
  6. Asegurar y controlar la libertad de elección de obras sociales de los beneficiarios del sistema, así como garantizar su acceso efectivo.
  7. Realizar una vez al año, la rendición de lo actuado por el organismo en Audiencia Pública.
  8. Efectuar el contralor del cumplimiento de las obligaciones éticas correspondientes al organismo y todos sus dependientes y desarrollar mecanismos de control y procesos contra fraude y corrupción.
  9. Verificar la eficiencia y eficacia en la ejecución del Plan Estratégico de la Superintendencia de Servicios de Salud y los planes operativos anuales, y desarrollar las medidas correctivas para optimizar los resultados esperados.
  10. Negociar los convenios colectivos de trabajo.

Si quieres realizar un trámite o servicio sin moverte de tu casa, puedes realizarlo, a través del siguiente enlace. Aquí

Por otra parte, para realizar el Registro de Usuarios generales SSS se debe tener en cuenta que: “La entidad (Hospital de Gestión Descentralizada u Obra Social)que desee adherirse inicialmente, realizar la recuperación de la contraseña o dar de baja un usuario ya habilitado, deberá solicitar personalmente a la Subgerencia de Informática mediante los formularios «Solicitud de Nuevo Usuario» o «Solicitud de Modificación/Baja de Usuario» completos”.

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